martes, 25 de noviembre de 2014

Documento SOLICITANDO si existe alguna prohibición de enajenarlo o gravarlo y en tal caso me expida la respectiva Certificación de Gravámenes

ABOGADOS EN CARACAS TE REALIZA EL DOCUMENTO PARA QUE SOLICITE DICHO DOCUMENTO ; PARA QUE REGISTRO declare si existe alguna prohibición de enajenarlo o gravarlo y en tal caso me expida la respectiva Certificación de Gravámenes ANTE EL REGISTRO INMOBILIARIO DE TU JURISDICCIÓN. LLAMA YA , HONORARIOS SOLIDARIOS COMUNÍCATE POR 7458279. ESCRITORIO JURÍDICO.

sábado, 22 de noviembre de 2014

REVISION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA

Abogados en Caracas siempre a tu servicios te ofrece la mejor asistencia legal, para asistirte en  el procedimiento de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA: Se tramita y solicita, cuando se produzcan situaciones distintas a las que se dieron con la fijación, (es diferente solicitar por primera vez la Fijación de la Obligación Alimentaria, a solicitar su modificación en el quantum), tal y como lo prevé el artículo 523 de la LOPNNA que dispone: “Cuando se modifiquen los supuestos conforme a los cuales se dictó una decisión sobre alimentos o guarda, el juez de la Sala de Juicio podrá revisarla, a instancia de parte, siguiendo para ello el procedimiento contenido en este Capítulo”. REQUISITOS QUE SE DEBEN CUMPLIR PARA QUE PROCEDA LA REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: a) Que se haya dictado una decisión sobre alimentos, esta sentencia debe ser definitiva o interlocutoria con fuerza de definitiva, o que se haya homologado un convenimiento sobre esa materia; b) Que esa decisión haya quedado definitivamente firme, aunque esta condición no aparezca reflejada expresamente en el artículo 523 antes transcrito, debe ser tomada en consideración por los Jueces de Protección, en virtud que para solicitar la revisión de una decisión sobre alimentos, es menester que haya quedado definitivamente firme, bien porque transcurrió el lapso previsto para la interposición del recurso de apelación establecido en el artículo 522 de la Ley Especial, sin que se hubiese interpuesto, o que habiéndose ejercido, la sentencia haya sido confirmada, modificada o revocada por un Juez Superior, por lo que, en caso contrario, sería iniciar un procedimiento sobre otro no concluido de manera definitiva, lo cual violaría el debido proceso y el derecho a la defensa. Por tanto, solo es posible solicitar la revisión de una sentencia de obligación de manutención, cuando no quede recurso alguno contra ella, c) Que se hayan modificado los supuestos conforme a los cuales se dictó la decisión objeto de revisión, en este sentido, la jurisprudencia pacífica y reiterada, ha expresado que uno de los supuestos principales que pueden verse modificados son los señalados en el encabezamiento del artículo 369 de la ley, en los cuales se destacan la necesidad e interés superior del niño o adolescente y la capacidad económica del obligado. Lama ya al 7458279 para que te informe sobre los honorarios y si quiere una consulta Costo de bolivares 1.500.- Tlf. 0212 7458279

martes, 4 de noviembre de 2014

Oposición a la reconciliacion

Abogados En Caracas,  te asiste y te interpone la oposición a la reconciliación para poder enfrentar la articulación probatoria en que tendrá que enfrentar a la otra parte, o sea tu  cónyuge que no esta contenta y te interpuso el escrito de reconciliación  en el Juicio de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes a Divorcio, esto con el fin, para  no perder el años de separación que transcurrió;  pero tu como parte demandante interpusiste tu remedio jurídico para poder divorciarte ya que tu cónyuges firmo de manera voluntaria la separación de cuerpos, esto se convierte asi en contencioso.
ABOGADOS EN CARACAS TE LO RESUELVE CON HONORARIOS SOLIDARIOS . Llama ya al 0212 7458279.

jueves, 21 de agosto de 2014

Autorización de mutuo acuerdo de los padres para que el niños, niñas o adolescentes puedan viajar en estas vacaciones

Padres si necesitas darles de manera consensual con tu otro cónyuge la Autorización de Viajes establecida en la Ley para que tu niñas niños y adolescentes puedan disfrutar vacaciones dentro y fuera del país, esto con todos los requisitos establecido en la Ley; para que luego  ustedes los padres puedan reunirse con ellos, una vez que  su lugar de trabajo le otorga sus merecidas vacaciones; Abogados En Caracas te redacta el documento de Autorización Voluntaria para que sus hijos puedan salir de viaje a honorarios super solidarios  los requisitos para realizarla son los siguientes: Debes tener una cita para informarte de los requisitos; la consulta son 1.500 Bs. pero si de casualidad porque ustedes son previsivo y tienes las copias de los documentos para poder redactarlo allí mismo entrega los documentos y cancela el 50% de los honorarios y al día siguientes lo vas a retirar cancelando el otro 50%  y listo, ya puede llevar el documento a la Notaria de tu preferencia o la que te quede mas cerca de tu hogar o trabajo.
Comunícate ya por el 02127458279. ESCRITORIO JURÍDICO, Cerca del Metro Capitolio 

miércoles, 13 de agosto de 2014

Justificativo de concubinato Post-Morten a 400.000 bolivares

Justificativo de concubinato Post-Morten 

Te redactamos el  Justificativo de Concubinato Post-Morten, para que puedas realizar ciertas diligencias como por ejemplo seguros o el seguro social, hay cierto requisitos que nos tienes que suministrar para que te lo realicemos Honorarios profesionales: Bs 400.000 bolívares
Comunicarse con el Dr. Santiago por el 0212-7458279.

Si eres del interior del país nos depositas los honorarios y te la enviamos por Domesa; recuerda  que hay requisitos para poder realizarla  y luego tienes que presentar el documento a cualquier notaria para  autenticar. Dr.Santiago. Caracas. Venezuela.

Declaración sucesoral economica

Declaración sucesoral económica. 

Para que puedas realizarla y no tengas que cancelar multas (sanción), te realizamos de manera rápida y efectiva la declaración sucesoral de tu familiar fallecido; con el objetivo que puedas tomar posesión y la propiedad de la misma, asimismo te recordamos que tienes un lapso de seis meses para que la hagas, pero lo importante de nuestra actuación es que nos caracterizamos por la responsabilidad y confianza que tenemos en todas nuestras actuaciones, al entregarnos tu caso, nosotros trabajamos con las copias de los documentos de los respectivos requisitos y en el momento de presentar la declaración tu llevas los originales  para que los funcionarios del SENIAT constaten la veracidad y conformidad de los recaudos a presentar, por eso nunca te vas a despegar de tus originales, pero si los tiene que presentar.
Los honorarios mínimos para aquellos que tenga una sola vivienda, o sea vivienda principal y no tengan mas bienes, los honorarios son 20.000 Bs. en este caso nos debe presentar todos los documentos inclusive haber sacado tu RIF  Sucesoral ( proporcionar usuario y contraseña )
En el caso de no tener el RIF. sucesoral los honorarios para tramitar este documento en Caracas es de 4.500 Bs .
En cuanto a la declaración sucesoral los honorarios son de Bs. 20.000 en este caso se la entregamos ya realizada, ademas si quieres que uno introduzca la declaración sucesoral nos tendría que autorizar y los honorarios son 1.500 Bs, Municipio Libertador Chacao y 2000 Bs. para los bienes ubicados en el Municipio Baruta.
Esta información es con el fin que tu estés consciente de los costos solidarios  que te brindamos, para que te sientas segura (o) de la responsabilidad y confianza; comunícate con el Dr. Santiago por el 0212 7458279:Escritorio Jurídico. Caracas.Venezuela.

  

miércoles, 30 de julio de 2014

Documentos de opción a compra a Bs.15.000 Super economicos CON LOS REQUISITOS EXIGIDO POR EL SUNAVI

Amigos clientes, te redactamos tu Documento de opción de compra a 15.000 Bs CON TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDO POR EL SUNAVI Y ASI PUEDAS TENER ASEGURADO TU OPCIÓN Y asi puedas introducir uno de los requisitos para adquirir un préstamo de vivienda. Llama al Dr. Santiago por el 0212 7458279.Pide tu cita .Consulta A 1.500 BS. LLAMA YA QUE NO TE PIERDAS ESTA OPORTUNIDAD.
ESCRITORIO JURÍDICO En CARACAS  CITA PERSONALIZADA.
DR.SANTIAGO

Divorcios económicos antes de vacaciones judiciales

Abogados En Caracas, informa a todas sus clientes que le realizamos los divorcios económicos para que se puedan divorciar Y SOBRE TODO EN ESTA EPOCA QUE YA SE APROXIMA LAS VACACIONES JUDICIALES y no tenga que seguir dando vuelta por toda caracas para encontrar un bufete de Abogados que le pueda resolver su Divorcio, con estos quiero decir que piense en la importancia de divorciarse  para poder arreglar su vida sentimental con la otra pareja, esto en vista que tu cónyuge te  abandono,  los honorarios son económicos y los puede pagar en dos partes en pagarlos en parte, solo tienes que plantear tu problema que te comprenderemos para la solución de tu caso, llama al 0212 7458279. ESCRITORIO JURIDICIDAD . Caracas

Contrato de condominio a 60.000, garantizado para que lo registre en tu jurisdiccion

Abogados En Caracas, te redacta tu contrato de condominio a 60.000 Bs. para que puedas cumplir con lo que establece la Ley y lo registres y así  cumplas unos de los requisitos para  la venta de tu inmueble, que tenga tradición arrendaticia de 20 años,  así que incluye  la venta de apartamentos que tenga mas de veinte años en situación de arrendamiento  y es aquí te la señalo las providencias para tu conocimiento y nos llame para prestarte nuestros servicios profesionales como abogado de experiencia en la materia:
Providencia para propietarios y arrendadores que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento
Gaceta N°40.382 / Fecha 28 marzo 2014
Providencia N°00042
Providencia N° 00042, mediante la cual se establecen las Normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HABITAT
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS
NÚMERO 00042
CARACAS, 27 DE MARZO DE 2014
203° DE LA INDEPENDENCIA, 154° DE LA FEDERACIÓN, 14° DE LA REVOLUCIÓN
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
De conformidad a lo establecido en el artículo 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en los artículos 19 y 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en los artículos 2 y 3; en los numerales 1°, 2°, 4°, 7°, 19° y 20° del artículo 5; los artículos 6 y 16; numerales 1°, 2° y 17° del artículo 20 y la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y por último el Decreto Presidencial N° 9.076 de fecha 9 de julio de 2012, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.960 de la misma fecha.
Considerando
Que en el marco de nuestra Constitución se establece en su artículo 82, que toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias y que la satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. Así mismo, establece que el estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que estas, y especialmente las de escasos recursos puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.
Considerando
Que la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas es su carácter estratégico, en el marco de la garantía integral del derecho a la vivienda adecuada y un hábitat digno, así mismo, la referida legislación declaró de interés público general, social y colectivo, toda materia relacionada con el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. Declarándolo de orden público y de obligatorio cumplimiento, aplicable en todo el territorio nacional.
Considerando
Que con la entrada en vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, se estableció en su Disposición Transitoria Quinta que: “Por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios y arrendatarias que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando del cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto el propietario o arrendador, procederá de acuerdo al capítulo relativo a la preferencia ofertiva, establecido en este instrumento legal, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley”.
Considerando
Que la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda como órgano rector en materia de arrendamientos de vivienda debe velar por el cumplimiento de los fines supremos de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, con el objeto de lograr su implementación progresiva, y visto que dentro de los fines supremos se encuentra la necesidad de establecer un conjunto de sanciones e indemnizaciones desde una visión preventiva y restitutiva, tendientes a generar que los ciudadanos y ciudadanos se abstengan de violar la Ley, debiendo cumplir y hacer cumplir las leyes
RESUELVE
ESTABLECER LAS NORMAS PARA QUE LOS PROPIETARIOS Y ARRENDADORES DE EDIFICIOS QUE TENGAN VEINTE AÑOS O MAS DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO LOS OFERTEN EN VENTA A SUS ARRENDATARIOS O ARRENDATARIAS.
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES

Artículo 1°. Las presentes normas tienen por objeto establecer el régimen especial para que los propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
Artículo 2°. Los propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan veinte a los o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores deberán ofertar en venta a sus arrendatarios o arrendatarias en un lapso de sesenta (60) días hábiles a partir de la entrada en vigencia de las presentes normas. La oferta de venta a que hace referencia el presente artículo deberá hacerse de conformidad a lo establecido en el Título VI, De la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, De la Preferencia Ofertiva, de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
Artículo 3°. El propietario, propietaria, arrendador o arrendadora de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente Providencia Administrativa será multado con Dos Mil Unidades Tributarias (2.000 U.T.) por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles una vez se determine el incumplimiento.
Artículo 4°. En el caso que un propietario, propietaria, arrendador o arrendadora no cancele la multa de conformidad a lo establecido en el artículo anterior se le considerará reincidente y se le doblará en valor de la multa, la cual deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles.
Artículo 5°. En el caso que un propietario, propietaria, arrendador o arrendadora no cancele la multa de conformidad a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la presente Providencia Administrativa, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda considerará como título ejecutivo el acto administrativo que determine la reincidencia y solicitará ante los tribunales competentes el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de las multas.
Artículo 6°. El propietario, propietaria, arrendador o arrendadora de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores, a los fines de solicitar el Justo Valor deberá hacerlo por escrito ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda y su escrito deberá estar acompañado de:
1. Contrato de Arrendamiento o Justificativo de Testigo que demuestre la Relación de Arrendamiento.
2. Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda.
3. Planilla de características del inmueble, la cual deberá descargar en la siguiente página de internet www.minvih gob.ve/sunavi
4. Documento de Condominio del edificio.
5. Documento de propiedad del inmueble.
6. Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble.
7. Fotografías de las cuatro (04) fachadas, de los ascensores, de los ductos da basura, de las escaleras de acceso de cada piso, de los bajantes de basura de cada piso, de los sótanos en caso de existir, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en general de las áreas comunes, en papel fotográfico de con fecha de impresión no mayor a dos (02) meses de la fecha de su presentación.
Artículo 7°. El procedimiento para determinar la infracción de lo contenido en la Presente Providencia Administrativa será el establecido en el Capítulo VIII, Del Procedimiento Sancionatorio, del Reglamento de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

Artículo 8°. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 Comunícate con nosotros y pide una cita, la cita es BS. 1.500, LLAMA YA AL 0212 7458279. y no esperes que te puedan aplicar la sanción establecida en la Ley por desconocimiento de la misma

lunes, 9 de junio de 2014

Documento de opción de compra a 15.000 Bs

Amigo cliente, te redactamos tu Documento de opción de compra a 15.000 Bs, para que pueda introducir unos de los requisitos para adquirir un préstamo de vivienda. Llama al Dr, Santiago por el 02127458279.Pide tu cita

viernes, 16 de mayo de 2014

Gestionar la Vivienda Principal a Bs. 7.500

Escriorio Juridico te tramita tu Declaración de  Vivienda Principal  a BS 7.500 comunicate por el 02127458279, estamos ubicado en la Avenida Baralt, a media cuadra de la Asamblea Nacional.

Gestionar RIF SUCESORAL a Bs.4.500

AbogadosEnCaracas te gestiona o te tramita el RIF sucesoral, esto es indispensable para la realizacón de tu declaración Sucesoral como heredero, por solo 4500 Bs., cuyos requisito son los:
1.-cedula de identidad
2.-RIF personal de caca uno de los herederos
3.-fotocopia de la cedula de identidad de la fallecida
4.-Fotocopia de la acta de defunción
5.- fotocopia de  recibo de un servicios publico
6. -Fotocopia de la acta de matrimonio.
7.-Autorización emitida por uno de los heredero
  Comunícate con el Escritorio Jurídico 0212 7458279.Dr.Santiago.Escritorio Jurídico ubicado en la Avenida Baralt a media cuadra de la Asamblea Nacional.Caracas

domingo, 20 de abril de 2014

Requisitos es una solicitud por escrito dirigida a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda

ABOGADOS En CARACAS TE LO RESUELVE EN LA CONSULTA , LA CONSULTA 300 BOLÍVARES, NOSOTROS TE LO RESOLVEMOS Y TE REALIZAMOS. 02127458279.
ESCRITORIO JURÍDICO.

A los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al alquiler.

Abogados En Caracas, te ofrece  sus servicios para tramitarte ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas  todo lo relativo a lo estableció en Gaceta Oficial número 40.382, de fecha viernes 28 de marzo, que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al alquiler, deberán colocar en venta los inmuebles a sus arrendatarios en un período de 60 días hábiles.
La normativa estipula que las presentes normas tienen por objetivo establecer el régimen especial para que los propietarios y arrendadores de edificio que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento de propiedad  o de multiarrendadores, lo oferten en venta a sus arrendatarios.

Asimismo, los propietarios tienen 60 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de las presentes normas y “la oferta de venta a que se hace referencia deberá hacerse de conformidad a lo establecido en el Título VI de la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, de la Preferencia Ofertiva de la Ley Para la Regularización y Contro de los Arrendamientos de Vivienda”.

“El propietario o arrendador de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento de  propiedad o  de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente providencia administrativa, será multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de 5 días hábiles una vez que se determine el incumplimiento
COMUNÍCATE CON NOSOTROS POR  EL  0212 7458279 PARA RESOLVER TU PROBLEMA, POR QUE TU ADEMAS TIENE QUE ESTAR REGISTRADO, LLENAR LOS REQUISITOS PARA ESTO Y TODOS LO DEMÁS PARA QUE ESTE AL DÍA ANTE EL SUNAVI. , LLAMA AL 02127458279. ESCRITORIO JURÍDICO EN PLENA CENTRO DE CARACAS . AVENIDA BARALT. LA CONSULTA SON 300 BS..TE INVITAMOS A LLAMAR Y RESOLVER TU PROBLEMA, ADEMAS TE  PODEMOS TRAMITAR TU CÉDULA CATASTRAL O ACTUALIZARLA PARA PODER HACER LA VENTA, EL DOCUMENTO DE PROPIEDAD Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE EN VERDAD TE HACE FALTA PARA PODER VENDER TU INMUEBLE Y ABOGADOS EN CARACAS , te recuerda te el arrendador,  TIENE DOS MESES PARA ESTO DE LLEGAR A UNA VENTA CON TU ARRENDATARIO, TAMBIÉN TE REALIZAMOS LA CARTA DE NOTIFICACIÓN DE LA VENTA A TU ARRENDATARIO.

PROPIETARIO DEL INMUEBLE ENTÉRATE Y PASA LA CARTA PORGUE LUEGO LAS CONSECUENCIA SON NEGATIVA.ESCRITORIO JURÍDICO .CONFIDENCIALIDAD Y CONFIANZA PARA ESTE ASUNTO. GRACIAS Y TE INVITAMOS A LLAMAR PARA CONCERTAR UNA CITA.02127458279 la publicación fue el 31 de marzo del corriente año el tiempo corre , será multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de 5 días hábiles una vez que se determine el incumplimiento
 llama ya. ESCRITORIO JURÍDICO EL MAS IDÓNEO PARA APOYARTE.
TELÉFONO :0212 7458279

DIVORCIO 185-A ECONÓMICOS A TU MEDIDA

ABOGADOS EN CARACAS te realiza antes los Tribunales Divorcios  económicos lo mas barato para ti a 30.000 Bs Divorcio 185 A con hijos, comunícate por el tlf. 7458279.
 Dr. Santiago .Escritorio Jurídico mas cerca de ti; pide una cita a precio económico a Bs.1.500 , si realiza el divorcio se exonera la cita. Escritorio Jurídico.

sábado, 19 de abril de 2014

Convenimientos de los padres para fijar amistosamente una pension de manutención

AbogadosEnCaracas, te resuelve tu problema asistiendote a ustedes para establecer un Convenimientos de los padres para fijar amistosamente una pension de manutención, de manera solidaria con ustedes  con unos honorarios minimos de 6.000 Bs para que de manera expedita para ustedes fijen de mutuo acuerdo el derecho que le corresponde a su hijo, llama ya, cancela el 50% al entregar los documentos como son la acta de nacimiento, el acuerdo escrito por los padres que se compromete firmado por ambas partes y el otro 50% al firmar en el Tribunal, comunicate por el 7458279.Dr.Santiago, de manera rapida realizamos e interponemos la demanda.ESCRITORIO JURIDICO

sábado, 5 de abril de 2014

Justificativo para demostrar su permanencia como arrendatarios (a) en ese alquiler

Abogados En Caracas te lo visa y te lo redacta  el  Justificativo para demostrar su permanencia como arrendatarios (a), en forma mas facil para ti si va a la cita para consultar tu caso y manda a redactar tu justificativo no se te cobra la consulta, alli mismo lo cancela y lo viene a buscar a las seis horas y luego te lo lleva a la notaria para autenticarlo ; importante que te lleva tres testigos. Los honorarios son 1.200. Demuestra tu premanencia por medio de recibo  La cita tiene honorarios de 300 BS, Y SI MANDA A REALIZAR EL JUSTIFICATIVO SE TE EXONERA LA CONSULTA Comunicate POR EL 7458279.-

jueves, 20 de marzo de 2014

Requisitos que deben cumplir los extranjeros para casarse en Venezuela

Abogados En Caracas te resuelve tu problema de que si un extranjero se puede casar en Venezuela con una venezolana,  claro que si , solo tiene que tener una consulta con nuestros abogados de basta experiencia en materia civil, solo tiene que pedir la cita la cita es solo Bs.1.500. para explicarte lo pormenores y ademas si tienes los requisitos que por cierto debes  cumplir con las exigencia de la Ley Venezolana.

Requisitos que deben cumplir los extranjeros para casarse en Venezuela:

1. PASAPORTE VIGENTE (POR LO MENOS SEIS MESES , A PARTIR DE LA FECHA DE LA SOLICITUD DE LA VISA).

2. VISA DE INGRESO A VENEZUELA (TURISTA, NEGOCIOS, DIPLOMÁTICA, CORTESÍA) Cuantos tiempo tienes viviendo en Venezuela es fundamental  o CASO  CONTRARIO.............

3. COPIA CERTIFICADA DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO EXPEDIDA POR LAS AUTORIDADES LOCALES

4. PRUEBA FEHACIENTE DE SU ESTADO CIVIL
               -SOLTEROS: CARTA DE SOLTERÍA
               -DIVORCIADOS: SENTENCIA DE DIVORCIO
               -VIUDOS: ACTA DE DEFUNCIÓN DEL CÓNYUGE FALLECIDO


OBSERVACIONES GENERALES

* De acuerdo a lo previsto en la Ley Aprobatoria del Convenio para Suprimir la Exigencia de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros hecho en la Haya, el 5 de octubre de 1961, el cual Venezuela ratificó y está vigente a partir del 16 de marzo de 1999, el Consulado General no legalizara las partidas de nacimiento extranjeras y cualquier otro documento solicitado para contraer matrimonio en Venezuela, solo requerirá la figura de la APOSTILLA en su país de origen (Apostille) para tener efecto legal en Venezuela.
Lo fundamental hay que revisar los documentos para tener la opinión precisa de los deseos que tiene el particular para este caso especifico de extranjeros los honorarios es  1600 BS SI SE REALIZA  EN UN SOLO DOCUMENTO
TIENEN QUE PRESENTAR LOS DOCUMENTOS ANTES SEÑALADOS PARA TENER PLENA PRUEBA QUE ESTA NO ESTA  CASADO,  O SI ESTA SOLTERO O DIVORCIADO TIENE QUE PRESENTAR EL DOCUMENTO EXIGIDOS POR EL PAÍS ORIGEN PORQUE EL ÚNICO QUE TE PUEDE CONFORMAR Y CONFIRMAR ESOS REQUISITOS ES EL PAÍS DE ORIGEN Y SI ES SENTENCIA DE DIVORCIO HAY QUE INTENTAR UNA SOLICITUD DE EXEQUATUR.
COMUNÍCATE CON EL  SANTIAGO POR EL 7458279 Y DEL EXTERIOR 0582127458279
LLAMA YA PARA UNA CITA.


sábado, 1 de febrero de 2014

Autorizacion judicial para tramitar pasaporte a tu niño niña o tu hijo adolescente honorarios 6.000 Bs

Autorización judicial para tramitar pasaporte a tu niño niña o tu hijo  adolescente, Abogados En Caracas te tramita antes los Tribunales competentes tu autorización para  que puedas tramitar el pasaporte previa sentencia que te otorga este derecho que le asiste de acuerdo a la LEY para que tus hijos puedan tener , en vista de que uno de los ascendientes se niege o no se encuentra dentro del territorio o en el mismo territorio nacional pero lo desconoce , por lo tanto la ley te asiste en su derecho, llama ya al 7458279 . Escritorio Jurídico. Caracas. En la avenida Baralt cerquita del metro Capitolio.Recuerda el teléfono 0212 7458279