lunes, 13 de febrero de 2017

Regulación de Arrendamiento de Inmueble de uso comercial honorarios economico

Abogados En Caracas  te realiza el juicio  con honorarios económicos, tu Regulación de Arrendamiento de Inmueble de uso comercial honorarios económico, solo tiene que explicarnos tu caso y de manera inmediata te damos respuesta para que asi te decida en contratarnos, ademas los honorarios solo te lo ofrecemos nosostros con garantia de exito, porque seguramente tu caso es que te estan cobrando canones compulsivo cada vez que sube todo pero  no toman conciencia que eso lo que hace todo el mundo es anarquia, como estuvieran en una selva de cemento, y lo que no le importa que existe la Ley y pueden ir mas alla de le Ley y no es asi existe la Ley de la Materia muy especial como Arrendamiento de Inmueble de uso comercial  y un contrato que es Ley entre las partes que notariado o simplemente esta plasmado en un documento privado y  firmaron, estableando su rublica.
Abogados En Caracas, te informa que somos los Abogados capaces de realizarte tu juicio haciendospetar tus derecho; para   El Artículo 32 señala que la fijación del canon de arrendamiento de los inmuebles sujetos a regulación será determinado por el arrendador y el arrendatario aplicando alguno de los siguientes métodos acordados entre las partes:
1) Canon de Arrendamiento fijo base (CAF) según la cual se toma como base el valor actualizado del Inmueble (VI), dividido entre 12 meses y entre el área arrendable (M2A), obteniendo el canon por metro cuadrado, luego se multiplica este valor por el área a arrendar (M2a) y por el porcentaje de rentabilidad (%RA), establecido en 12% para el primer año de la relación arrendaticia. Cuando se trate de Centros Comerciales y/o Locales Comerciales completamente nuevos, el porcentaje de rentabilidad anual (%RA) establecido podrá ser como máximo 20% sólo para el primer año.
CAF = (VI/12/M2A) * M2a * %RA
CAF: Valor del canon de arrendamiento fijo mensual
VI: Valor del inmueble al momento de la transacción, se determinará mediante avalúo realizado según el método de costo de reposición. Le corresponde al SUNDEE supervisar y acordar la metodología de avalúo a aplicar.
M2A: Metros cuadrados arrendable.
M2a: Metros cuadrados a arrendar
%RA: Porcentaje de rentabilidad anual.
2) Canon de Arrendamiento variable (CAV) con base en porcentaje de ventas: Se establecerá como referencia el Monto Bruto de Ventas (MBV) por el arrendatario, expresadas en la Declaración Regular del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al mes inmediatamente anterior. Si hubiere una Declaración Sustitutiva, el porcentaje del monto allí reflejado será sumado al porcentaje de ventas del mes siguiente. El porcentaje a aplicar sobre el monto de ventas realizadas será definido por las partes y oscilará entre el 1% y 8%, quedando ésto claramente establecido en el respectivo contrato. Para casos de operaciones comerciales cuya actividad principal sea entretenimiento, las partes podrán convenir porcentajes entre 8% y 15%.
3) Canon de Arrendamiento mixto (CAM) compuesto por porción fija más porcentaje de Ventas: La porción fija en ningún caso será superior al 50% de lo que corresponde a un canon de arrendamiento fijo, según lo establecido en el numeral 1.
El % de ventas en ningún caso será superior a 8%, según lo establecido en el numeral 2.
Cuando el el porcentaje de ventas supere el doble de la porción fija, el canon mensual será el que resulte de aplicar lo establecido en el numeral 2, suprimiéndose la porción fija, quedando todo esto claramente establecido en el respectivo contrato.
En caso de no poder acordar arrendatarios y arrendadores conjuntamente el canon o de tener dudas en cuanto a su cálculo, deberán solicitar ala SUNDEE su determinación.
La SUNDEE podrá modificar mediante providencia administrativa los porcentajes de rentabilidad anual (%RA) cuando así lo determinen por razones de interés público o social.
Los honorarios los puedes pagar por etapa, comunicate para informarte  sobre los honorarioa al 0212 7458279, Dr.Santiago

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