miércoles, 20 de mayo de 2015

Cobro de las prestaciones sociales de un trabajador fallecido, quien o quienes son los beneficiarios de dichas prestaciones sociales.

Abogados En Caracas te ayuda a resolver el cobro de tus prestaciones sociales del  trabajador fallecido ,  ¿ quién es el  beneficiarios de las prestaciones sociales ?.
deberá probarlo ante el organismo o empresa,  su filiación y su correspondiente  documentación.
Llama ya a Abogados En Caracas para que te lo resuelva
Tlf. 7458279.
Dr.Santiago

Tiene derecho a cobrar los siguientes familiares:
a) los hijos menores de dieciocho (18) años, o mayores, cuando padezcan de defectos físicos permanentes que los incapaciten para ganarse la vida; 

b) la viuda o el viudo que no hubiere solicitado u obtenido la separación de cuerpos, o la concubina o el concubino que hubiere vivido en concubinato con el difunto hasta su fallecimiento; 

c) los ascendientes que hubieren estado a cargo del difunto para la época de la muerte; 

d) los nietos menores de dieciocho (18) años cuando sean huérfanos, y cuando sin serlo, el padre o la madre de ellos no tengan derecho a la indemnización y sean incapaces de subvenir a la subsistencia de aquellos. 

Parágrafo único: los beneficiarios determinados en este artículo no se considerarán sucesores para los efectos fiscales relativos a las sucesiones hereditarias.. 

Ninguna de las personas indicadas  anteriormente tiene derecho preferente. 

En caso de que la indemnización sea pedida simultánea o sucesivamente por dos (2) o más de dichas personas, la indemnización se distribuirá entre todas por partes iguales y por cabezas.

Comunícate por el 7458279

También ante cualquier caso en los tribunales de protección de niños niñas y adolescentes en que el organismo o empresa lo solicite por tener derecho hijos menores o tenga cualquier incapacidad





domingo, 17 de mayo de 2015

Documentos de opción de compra a Super económica

Documentos de opción de compra a Super económica

Documento de opción de compra de inmueble a Bs.15.000 te lo redactamos Abogados En Caracas, para que completes uno de los requisitos o mas bien el fundamental para poder llegar a comprar un apartamento, requisito para introducir al banco. Comunícate por el Telf.7458279. Escritorio Jurídico.  Caracas-Venezuela

jueves, 23 de abril de 2015

Padre o representante si fuiste demandado por obligación de manutención

Abogados En Caracas te resuelve  tu conflicto de la demanda de pensión de manutención, estarás en manos de un grupo de abogados especialista en la materia sobre todo si no le ves salida a tu caso, pero lo aconsejable es que inmediatamente te comuniques con nosotros por el  0212 7458279 para solicitar una cita la cual tiene unos honorarios de 1.500 bolívares , pero saldrás con confianza y seguridad y sobre todo que tu defensa va ser inmaculada siempre pensando en tu posición y el derechos de tus hijos .
Además te digo Sr. padre que podrás cancelar los honorarios por etapas del juicio, que si el juicio  hasta mediación procuramos que termine allí en esa misma audiencia de mediación ya no tendrás que cancelar mas honorarios porque los honorarios serán cancelados en parte por, etapa por audiencia, como decirte en la primera etapa se tiene que desarrollar el estudio , preparación,  y redacción del libelo de demanda hasta la consignación del escrito de la demanda tiene unos honorarios y así, para que puedas cancelar y sea menos pesado para tu bolsillo, hemos pensado en ti como padre en el derecho que te corresponde .
Lo haremos valer y con la seguridad que en el mismo desarrollo del juicio se hará valer tus derechos y evitaras pagar más de lo que ella pide.

Escritorio jurídico

Comunícate para una cita y recuerda llevar la documentación en copia para estudiar el caso en esa entrevista, los honorarios  para la cita son de 1.500  bolívares super económicos. Tlf. 7458279


Dr.Santiago 

Prorroga legal

Abogados En Caracas, te resuelve tu caso de arrendamiento inmobiliario, te resuelve tu contrato  sobre todo en el asunto de la prorroga legal, esa prórroga en la cual estamos hablando de igual modo de arrendamiento de locales comerciales.

Asimismo te informo que le corresponde lo siguiente de acuerdo a los años de arrendamiento:

1.- si la relación arrendaticia ha tenido una duración de hasta un (1) año o menos, el lapso se prorrogará por un tiempo máximo de seis (6) meses.
2.- si la relación arrendaticia ha durado más de un (1) año y menos de cinco (5) años, el lapso se prorrogará por un (1) año máximo adicional.
3.- si la relación arrendaticia ha durado más de cinco (5) años, pero menos de diez (10) años, el lapso se prorrogará por dos (2) años adicionales.
4.- si la relación arrendaticia ha durado más de diez (10) años, el lapso se prorrogará por tres (3) años adicionales. 

Sabes que anualmente tiene que renovar tu contrato pero hay que redactarlo muy cuidadosamente para luego si llegamos a un juicio tenga  una buena acción de ganador en ese juicio.

Igualmente debemos señalar, que durante la vigencia de la prórroga legal, el contrato de arrendamiento se considerará a tiempo determinado y permanecerán vigentes las mismas condiciones y estipulaciones convenidas por las partes en el contrato original, excepto las variaciones del monto del cánon de arrendamiento, el cual podrá modificarse debido a un posible procedimiento de regulación, o de un convenio entre las partes si el inmueble arrendado estuviere exento de regulación.

Llama ya abogados en caracas y te resolveremos tu caso con verdadera lealtad y conciencia jurídica, con conocimiento de ley en la materia.
Acuérdate que la ley te sanciona si usted no hace un contrato notariado, sobre todo a usted como arrendador
Dr. Santiago Tlf.7458279

sábado, 21 de febrero de 2015

Juicios ante los tribunales de la Lopnna lo honorarios en parte por etapa

Abogados En Caracas, te sigue tus Juicios ante los tribunales de la Lopnna, en partes o fases del proceso, por ejemplo hasta la fase de mediación tiene unos honorarios,  para que en esta fase puedan llegar a un acuerdo y se termino el mismo y asi esa etapa se supere y para ti te sale super económicos.
Llama ya al 02127458279. Escritorio jurídico cerca de los Tribunales para atenderte con mas rapidez.

Divorcios Económicos en Caracas

Divorcios Económicos en Caracas
Si su necesidad es divorciarse y tiene 5 años o más de no convivir con su cónyuges  y están de mutuo acuerdo, pero los altos costos del  divorcio, no les ha permitido realizarlo, no se preocupe que Abogados En Caracas les ofrece unos honorarios mínimos de Bs. 30.000 por su divorcio 185 A de mutuo acuerdo, y además de eso, los honorarios  los pueden cancelar financiados en dos partes; estas facilidades también  las estamos dando a los cónyuges que deseen realizar una Separación de Cuerpos de mutuo acuerdo sin bienes a Bs.15.800, usted será atendido y asesorado por profesionales responsables diligentes que le ofrecemos el mejor servicio legal, aun bajo costo sin la necesidad que usted sienta que le están exprimiendo el bolsillo, pero recuerde que para que usted se pueda divorciar debe tener unos requisitos, como son los siguientes documentos:
Acta de Matrimonio en original o copia certificada.
Acta de Nacimiento original o copia certificada en caso de tener hijos en el matrimonio que sean menores.
Domicilio: Ciudad de Caracas, y para las personas que quieren realizar Divorcio 185 A cundo estuvieron conviviendo juntos el domicilio Caracas.
En caso de tener Bienes copia certificada del documento de propiedad y una copia simple.
Hay acuerdos que deben llegar en beneficio  de los hijos que no han alcanzado la mayoría de edad, y  en caso que tengan bienes. Recuerde Abogados En Caracas tiene más de 20 años en el ejercicio de la profesión y somos abogados responsables y diligentes. Tendrá el mejor servicio legal a honorarios solidarios

Comuníquese por el teléfono0212 7458279.Dr.Santiago. Dra. Pérez. ESCRITORIO JURÍDICO. Caracas. 

miércoles, 11 de febrero de 2015

Requisitos de Titulo Supletorio

Requisitos  de Títulos supletorios

Amigos usuarios te tramitamos tu título supletorio económico, Abogados En Caracas, te resuelve , comunícate por el Telf. 0212 7458279.

Algunos de los requisitos son:

Copia de la Cédula de identidad de los solicitantes

Cédula Catastral y planos entre otros.

Recuerda llamar al 0212 7458279

Titulo Supletorio a 18.900 Bs

Titulo Supletorio a 18.900 Bs  solidariamente contigo para que puedas tramitar tu titulo supletorio. Lo puedes pagar en dos partes , la primera al entregar los documentos que es la mitad y la otra cuando lleve  los testigos al tribunal; los requisitos indispensables son cuando consigne al tribunal llevar los originales; en la cual te informaré en la cita, te informaré cada uno y que formalidades debe contener, previo el estudio que se le haga cuando lo tenga en frente a lectura .Comunícate por 02127458279 con el Dr. Santiago. La cita son 1.500 Bs. La cual se te exonera si contrata nuestros servicios para su titulo supletorio.

jueves, 5 de febrero de 2015

Separación de Cuerpos

Divorcio a  Bs. 15.000 Separación de Cuerpos si no tienes bienes, ni hijos honorarios solidarios, Disfruta de los mejores honorarios en beneficio de la colectividad son los mas económicos y efectivos.recuerda tener  el acta de matrimonio original y fotocopia de la cédula de identidad de ambos cónyuges y lo mas importante el mutuo acuerdo entre los cónyuges para asistir al tribunal.


COMUNÍCATE CON 0212 7458279
ESCRITORIO JURÍDICO.
Dr. SANTIAGO.
CARACAS

lunes, 5 de enero de 2015

Autorización de viaje de su hijo menor que viaja con uno de su padres para el exterior honorarios en estas vacaciones

Autorización de viaje de su hijo menor que viaja con uno de su padres para el exterior en estas vacaciones 
Cuando un niño, niña o adolescente  viaje al extranjero en compañía de uno sólo de sus padres, el permiso te realizamos, claro presentándonos todas las documentación legales pertinentes, ya que  tendrá que presentárselo al Notario Público para su autenticación .En este caso, en el que uno de los padres autoriza al otro para realizar el desplazamiento, obligatoriamente, el representante deberá acudir ante una notaría, que autentique el documento de autorización elaborado por un abogado, en este caso nosotros Abogados En Caracas te lo realizamos económicamente y de verdad es económico. Llama ya. Telf. 02127458279. Escritorio Jurídico. Este trámite es de mutuo y cordial acuerdo entre los padres. Hazlo ya que vas a conseguir  honorarios solidarios.


Curatela para contraer Matrimonio

Abogados En Caracas te tramita ante lo Tribunales la Curatela para contraer  Matrimonio a Bs. 25.000 si no tiene bienes; y te recuerda que :

Cualquier persona que vaya a casarse y tenga hijos menores bajo su potestad, ocurrirá ante el Juez de Menores de su domicilio para que les nombre un curador ad hoc.
Si existen bienes propios de los hijos, el Juez procederá a inventariarlos con intervención del curador, del otro progenitor que ejerce la patria potestad y de dos (2) testigos que nombre al efecto.
Cuando haya bienes situados fuera de la jurisdicción del Juez y la naturaleza de ellos lo reclame, se dará comisión para practicar el inventario con las formalidades ya dichas.
Si no se conocieren bienes, el curador, hechas las averiguaciones del caso, así lo hará constar.

No podrá celebrarse el matrimonio de quien tuviere hijos menores bajo su potestad, sin que se presenten, originales, las actuaciones a que se refiere el artículo anterior.

Quien, hallándose en las circunstancias expresadas, haya dejado de cumplir las formalidades prescritas, y el que contrajere matrimonio con aquél, serán responsables solidariamente de los perjuicios que ocasionen a los hijos.
Comunícate con el Escritorio Jurídico por 7458279 y de manera solidaria puedes cancelar los honorarios en dos partes , la primera  un 20.000 Bs al momento de entregar los documentos y la segunda parte cuando el Tribunal notifica al curador para que preste su juramento, en ese momento ante de entrar a prestar su juramento cancela la segunda los cinco mil restantes.
Estamos ubicado en Caracas, recuerda  y llama, toma la previsiones porque si te vas a casar es uno de los requisitos indispensable para formar el expediente esponsalicio y entre más rápido lo tenga mas rápido te casa, recuerda dura aproximadamente el tramite un mes y medio., no lo dejes para el próximo año.
Abogados En Caracas.

Consulta Bs.4.000 la cual se te exonera si contrata nuestros servicios legales.

Carta de Solteria

Comunícate con Abogados En Caracas y te la facilitamos para que  puedas contraer matrimonio, se la redactamos y visamos a HONORARIOS de Bs. 3.500. Solamente nos llamas y nos envías tu copia de la Cédula de Identidad vía correo electrónico, con otros datos que te solicitaremos como nombre de tus padres etc. y solamente tienes que ir  a la oficina a buscarla y la llevas a la Notaría de tu preferencia y listo. Estamos ubicado en Caracas. Telf. 0212/7458279. Dr.Santiago

Declaración de No poseer vivienda

Declaración de No poseer vivienda


Declaración de No poseer vivienda a 5.000 Bs para que una vez que te la entreguemos redactada y visada, usted la lleve a una notaria de su preferencia y así ya tendrá uno de los requisitos exigidos para adquirir vivienda. Dr. Santiago. Telf. 02127458279.Escritorio Jurídico. Caracas

AUTORIZACIÓN PARA QUE SUS HIJOS PUEDAN VIAJAR SOLO O ACOMPAÑADO

ABOGADOS EN CARACAS TE  OFRECE EN ESTOS MOMENTOS DE MANERA SOLIDARIAS LA REDACCIÓN DEL DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN PARA QUE SUS HIJOS PUEDAN VIAJAR SOLO O ACOMPAÑADO AL LUGAR QUE TENGA DISPUESTO, SOLO TIENE QUE TENER LA DISPOSICIÓN Y LOS REQUISITOS; LOS PADRES DE DAR LA AUTORIZACIÓN PARA QUE SUS HIJOS PUEDAN VIAJAR SOLO O ACOMPAÑADO, REGRESAR A SU RUTINA REGULAR , COMUNÍCATE AL  7458279. HONORARIOS SOLIDARIOS PARA LA AUTORIZACIÓN PARA SUS HIJOS PUEDAN VIAJAR SOLO O ACOMPAÑADO FUERA DEL PAÍS. 
TE LA ENTREGAMOS AL MISMO DÍA PARA QUE PUEDAS LLEVARLA A LA NOTARIA.
ESCRITORIO JURÍDICO. 0212 745827

martes, 25 de noviembre de 2014

Documento SOLICITANDO si existe alguna prohibición de enajenarlo o gravarlo y en tal caso me expida la respectiva Certificación de Gravámenes

ABOGADOS EN CARACAS TE REALIZA EL DOCUMENTO PARA QUE SOLICITE DICHO DOCUMENTO ; PARA QUE REGISTRO declare si existe alguna prohibición de enajenarlo o gravarlo y en tal caso me expida la respectiva Certificación de Gravámenes ANTE EL REGISTRO INMOBILIARIO DE TU JURISDICCIÓN. LLAMA YA , HONORARIOS SOLIDARIOS COMUNÍCATE POR 7458279. ESCRITORIO JURÍDICO.

sábado, 22 de noviembre de 2014

REVISION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA

Abogados en Caracas siempre a tu servicios te ofrece la mejor asistencia legal, para asistirte en  el procedimiento de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA: Se tramita y solicita, cuando se produzcan situaciones distintas a las que se dieron con la fijación, (es diferente solicitar por primera vez la Fijación de la Obligación Alimentaria, a solicitar su modificación en el quantum), tal y como lo prevé el artículo 523 de la LOPNNA que dispone: “Cuando se modifiquen los supuestos conforme a los cuales se dictó una decisión sobre alimentos o guarda, el juez de la Sala de Juicio podrá revisarla, a instancia de parte, siguiendo para ello el procedimiento contenido en este Capítulo”. REQUISITOS QUE SE DEBEN CUMPLIR PARA QUE PROCEDA LA REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: a) Que se haya dictado una decisión sobre alimentos, esta sentencia debe ser definitiva o interlocutoria con fuerza de definitiva, o que se haya homologado un convenimiento sobre esa materia; b) Que esa decisión haya quedado definitivamente firme, aunque esta condición no aparezca reflejada expresamente en el artículo 523 antes transcrito, debe ser tomada en consideración por los Jueces de Protección, en virtud que para solicitar la revisión de una decisión sobre alimentos, es menester que haya quedado definitivamente firme, bien porque transcurrió el lapso previsto para la interposición del recurso de apelación establecido en el artículo 522 de la Ley Especial, sin que se hubiese interpuesto, o que habiéndose ejercido, la sentencia haya sido confirmada, modificada o revocada por un Juez Superior, por lo que, en caso contrario, sería iniciar un procedimiento sobre otro no concluido de manera definitiva, lo cual violaría el debido proceso y el derecho a la defensa. Por tanto, solo es posible solicitar la revisión de una sentencia de obligación de manutención, cuando no quede recurso alguno contra ella, c) Que se hayan modificado los supuestos conforme a los cuales se dictó la decisión objeto de revisión, en este sentido, la jurisprudencia pacífica y reiterada, ha expresado que uno de los supuestos principales que pueden verse modificados son los señalados en el encabezamiento del artículo 369 de la ley, en los cuales se destacan la necesidad e interés superior del niño o adolescente y la capacidad económica del obligado. Lama ya al 7458279 para que te informe sobre los honorarios y si quiere una consulta Costo de bolivares 1.500.- Tlf. 0212 7458279

martes, 4 de noviembre de 2014

Oposición a la reconciliacion

Abogados En Caracas,  te asiste y te interpone la oposición a la reconciliación para poder enfrentar la articulación probatoria en que tendrá que enfrentar a la otra parte, o sea tu  cónyuge que no esta contenta y te interpuso el escrito de reconciliación  en el Juicio de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes a Divorcio, esto con el fin, para  no perder el años de separación que transcurrió;  pero tu como parte demandante interpusiste tu remedio jurídico para poder divorciarte ya que tu cónyuges firmo de manera voluntaria la separación de cuerpos, esto se convierte asi en contencioso.
ABOGADOS EN CARACAS TE LO RESUELVE CON HONORARIOS SOLIDARIOS . Llama ya al 0212 7458279.

jueves, 21 de agosto de 2014

Autorización de mutuo acuerdo de los padres para que el niños, niñas o adolescentes puedan viajar en estas vacaciones

Padres si necesitas darles de manera consensual con tu otro cónyuge la Autorización de Viajes establecida en la Ley para que tu niñas niños y adolescentes puedan disfrutar vacaciones dentro y fuera del país, esto con todos los requisitos establecido en la Ley; para que luego  ustedes los padres puedan reunirse con ellos, una vez que  su lugar de trabajo le otorga sus merecidas vacaciones; Abogados En Caracas te redacta el documento de Autorización Voluntaria para que sus hijos puedan salir de viaje a honorarios super solidarios  los requisitos para realizarla son los siguientes: Debes tener una cita para informarte de los requisitos; la consulta son 1.500 Bs. pero si de casualidad porque ustedes son previsivo y tienes las copias de los documentos para poder redactarlo allí mismo entrega los documentos y cancela el 50% de los honorarios y al día siguientes lo vas a retirar cancelando el otro 50%  y listo, ya puede llevar el documento a la Notaria de tu preferencia o la que te quede mas cerca de tu hogar o trabajo.
Comunícate ya por el 02127458279. ESCRITORIO JURÍDICO, Cerca del Metro Capitolio 

miércoles, 13 de agosto de 2014

Justificativo de concubinato Post-Morten a 400.000 bolivares

Justificativo de concubinato Post-Morten 

Te redactamos el  Justificativo de Concubinato Post-Morten, para que puedas realizar ciertas diligencias como por ejemplo seguros o el seguro social, hay cierto requisitos que nos tienes que suministrar para que te lo realicemos Honorarios profesionales: Bs 400.000 bolívares
Comunicarse con el Dr. Santiago por el 0212-7458279.

Si eres del interior del país nos depositas los honorarios y te la enviamos por Domesa; recuerda  que hay requisitos para poder realizarla  y luego tienes que presentar el documento a cualquier notaria para  autenticar. Dr.Santiago. Caracas. Venezuela.

Declaración sucesoral economica

Declaración sucesoral económica. 

Para que puedas realizarla y no tengas que cancelar multas (sanción), te realizamos de manera rápida y efectiva la declaración sucesoral de tu familiar fallecido; con el objetivo que puedas tomar posesión y la propiedad de la misma, asimismo te recordamos que tienes un lapso de seis meses para que la hagas, pero lo importante de nuestra actuación es que nos caracterizamos por la responsabilidad y confianza que tenemos en todas nuestras actuaciones, al entregarnos tu caso, nosotros trabajamos con las copias de los documentos de los respectivos requisitos y en el momento de presentar la declaración tu llevas los originales  para que los funcionarios del SENIAT constaten la veracidad y conformidad de los recaudos a presentar, por eso nunca te vas a despegar de tus originales, pero si los tiene que presentar.
Los honorarios mínimos para aquellos que tenga una sola vivienda, o sea vivienda principal y no tengan mas bienes, los honorarios son 20.000 Bs. en este caso nos debe presentar todos los documentos inclusive haber sacado tu RIF  Sucesoral ( proporcionar usuario y contraseña )
En el caso de no tener el RIF. sucesoral los honorarios para tramitar este documento en Caracas es de 4.500 Bs .
En cuanto a la declaración sucesoral los honorarios son de Bs. 20.000 en este caso se la entregamos ya realizada, ademas si quieres que uno introduzca la declaración sucesoral nos tendría que autorizar y los honorarios son 1.500 Bs, Municipio Libertador Chacao y 2000 Bs. para los bienes ubicados en el Municipio Baruta.
Esta información es con el fin que tu estés consciente de los costos solidarios  que te brindamos, para que te sientas segura (o) de la responsabilidad y confianza; comunícate con el Dr. Santiago por el 0212 7458279:Escritorio Jurídico. Caracas.Venezuela.

  

miércoles, 30 de julio de 2014

Documentos de opción a compra a Bs.15.000 Super economicos CON LOS REQUISITOS EXIGIDO POR EL SUNAVI

Amigos clientes, te redactamos tu Documento de opción de compra a 15.000 Bs CON TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDO POR EL SUNAVI Y ASI PUEDAS TENER ASEGURADO TU OPCIÓN Y asi puedas introducir uno de los requisitos para adquirir un préstamo de vivienda. Llama al Dr. Santiago por el 0212 7458279.Pide tu cita .Consulta A 1.500 BS. LLAMA YA QUE NO TE PIERDAS ESTA OPORTUNIDAD.
ESCRITORIO JURÍDICO En CARACAS  CITA PERSONALIZADA.
DR.SANTIAGO

Divorcios económicos antes de vacaciones judiciales

Abogados En Caracas, informa a todas sus clientes que le realizamos los divorcios económicos para que se puedan divorciar Y SOBRE TODO EN ESTA EPOCA QUE YA SE APROXIMA LAS VACACIONES JUDICIALES y no tenga que seguir dando vuelta por toda caracas para encontrar un bufete de Abogados que le pueda resolver su Divorcio, con estos quiero decir que piense en la importancia de divorciarse  para poder arreglar su vida sentimental con la otra pareja, esto en vista que tu cónyuge te  abandono,  los honorarios son económicos y los puede pagar en dos partes en pagarlos en parte, solo tienes que plantear tu problema que te comprenderemos para la solución de tu caso, llama al 0212 7458279. ESCRITORIO JURIDICIDAD . Caracas

Contrato de condominio a 60.000, garantizado para que lo registre en tu jurisdiccion

Abogados En Caracas, te redacta tu contrato de condominio a 60.000 Bs. para que puedas cumplir con lo que establece la Ley y lo registres y así  cumplas unos de los requisitos para  la venta de tu inmueble, que tenga tradición arrendaticia de 20 años,  así que incluye  la venta de apartamentos que tenga mas de veinte años en situación de arrendamiento  y es aquí te la señalo las providencias para tu conocimiento y nos llame para prestarte nuestros servicios profesionales como abogado de experiencia en la materia:
Providencia para propietarios y arrendadores que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento
Gaceta N°40.382 / Fecha 28 marzo 2014
Providencia N°00042
Providencia N° 00042, mediante la cual se establecen las Normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HABITAT
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS
NÚMERO 00042
CARACAS, 27 DE MARZO DE 2014
203° DE LA INDEPENDENCIA, 154° DE LA FEDERACIÓN, 14° DE LA REVOLUCIÓN
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
De conformidad a lo establecido en el artículo 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en los artículos 19 y 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en los artículos 2 y 3; en los numerales 1°, 2°, 4°, 7°, 19° y 20° del artículo 5; los artículos 6 y 16; numerales 1°, 2° y 17° del artículo 20 y la Disposición Transitoria Quinta de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y por último el Decreto Presidencial N° 9.076 de fecha 9 de julio de 2012, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.960 de la misma fecha.
Considerando
Que en el marco de nuestra Constitución se establece en su artículo 82, que toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias y que la satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos. Así mismo, establece que el estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que estas, y especialmente las de escasos recursos puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.
Considerando
Que la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas es su carácter estratégico, en el marco de la garantía integral del derecho a la vivienda adecuada y un hábitat digno, así mismo, la referida legislación declaró de interés público general, social y colectivo, toda materia relacionada con el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. Declarándolo de orden público y de obligatorio cumplimiento, aplicable en todo el territorio nacional.
Considerando
Que con la entrada en vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, se estableció en su Disposición Transitoria Quinta que: “Por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios y arrendatarias que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando del cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto el propietario o arrendador, procederá de acuerdo al capítulo relativo a la preferencia ofertiva, establecido en este instrumento legal, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley”.
Considerando
Que la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda como órgano rector en materia de arrendamientos de vivienda debe velar por el cumplimiento de los fines supremos de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, con el objeto de lograr su implementación progresiva, y visto que dentro de los fines supremos se encuentra la necesidad de establecer un conjunto de sanciones e indemnizaciones desde una visión preventiva y restitutiva, tendientes a generar que los ciudadanos y ciudadanos se abstengan de violar la Ley, debiendo cumplir y hacer cumplir las leyes
RESUELVE
ESTABLECER LAS NORMAS PARA QUE LOS PROPIETARIOS Y ARRENDADORES DE EDIFICIOS QUE TENGAN VEINTE AÑOS O MAS DEDICADOS AL ARRENDAMIENTO LOS OFERTEN EN VENTA A SUS ARRENDATARIOS O ARRENDATARIAS.
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES

Artículo 1°. Las presentes normas tienen por objeto establecer el régimen especial para que los propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
Artículo 2°. Los propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan veinte a los o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores deberán ofertar en venta a sus arrendatarios o arrendatarias en un lapso de sesenta (60) días hábiles a partir de la entrada en vigencia de las presentes normas. La oferta de venta a que hace referencia el presente artículo deberá hacerse de conformidad a lo establecido en el Título VI, De la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, De la Preferencia Ofertiva, de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
Artículo 3°. El propietario, propietaria, arrendador o arrendadora de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente Providencia Administrativa será multado con Dos Mil Unidades Tributarias (2.000 U.T.) por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles una vez se determine el incumplimiento.
Artículo 4°. En el caso que un propietario, propietaria, arrendador o arrendadora no cancele la multa de conformidad a lo establecido en el artículo anterior se le considerará reincidente y se le doblará en valor de la multa, la cual deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles.
Artículo 5°. En el caso que un propietario, propietaria, arrendador o arrendadora no cancele la multa de conformidad a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la presente Providencia Administrativa, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda considerará como título ejecutivo el acto administrativo que determine la reincidencia y solicitará ante los tribunales competentes el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de las multas.
Artículo 6°. El propietario, propietaria, arrendador o arrendadora de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores, a los fines de solicitar el Justo Valor deberá hacerlo por escrito ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda y su escrito deberá estar acompañado de:
1. Contrato de Arrendamiento o Justificativo de Testigo que demuestre la Relación de Arrendamiento.
2. Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda.
3. Planilla de características del inmueble, la cual deberá descargar en la siguiente página de internet www.minvih gob.ve/sunavi
4. Documento de Condominio del edificio.
5. Documento de propiedad del inmueble.
6. Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble.
7. Fotografías de las cuatro (04) fachadas, de los ascensores, de los ductos da basura, de las escaleras de acceso de cada piso, de los bajantes de basura de cada piso, de los sótanos en caso de existir, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en general de las áreas comunes, en papel fotográfico de con fecha de impresión no mayor a dos (02) meses de la fecha de su presentación.
Artículo 7°. El procedimiento para determinar la infracción de lo contenido en la Presente Providencia Administrativa será el establecido en el Capítulo VIII, Del Procedimiento Sancionatorio, del Reglamento de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

Artículo 8°. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 Comunícate con nosotros y pide una cita, la cita es BS. 1.500, LLAMA YA AL 0212 7458279. y no esperes que te puedan aplicar la sanción establecida en la Ley por desconocimiento de la misma

lunes, 9 de junio de 2014

Documento de opción de compra a 15.000 Bs

Amigo cliente, te redactamos tu Documento de opción de compra a 15.000 Bs, para que pueda introducir unos de los requisitos para adquirir un préstamo de vivienda. Llama al Dr, Santiago por el 02127458279.Pide tu cita

viernes, 16 de mayo de 2014

Gestionar la Vivienda Principal a Bs. 7.500

Escriorio Juridico te tramita tu Declaración de  Vivienda Principal  a BS 7.500 comunicate por el 02127458279, estamos ubicado en la Avenida Baralt, a media cuadra de la Asamblea Nacional.

Gestionar RIF SUCESORAL a Bs.4.500

AbogadosEnCaracas te gestiona o te tramita el RIF sucesoral, esto es indispensable para la realizacón de tu declaración Sucesoral como heredero, por solo 4500 Bs., cuyos requisito son los:
1.-cedula de identidad
2.-RIF personal de caca uno de los herederos
3.-fotocopia de la cedula de identidad de la fallecida
4.-Fotocopia de la acta de defunción
5.- fotocopia de  recibo de un servicios publico
6. -Fotocopia de la acta de matrimonio.
7.-Autorización emitida por uno de los heredero
  Comunícate con el Escritorio Jurídico 0212 7458279.Dr.Santiago.Escritorio Jurídico ubicado en la Avenida Baralt a media cuadra de la Asamblea Nacional.Caracas

domingo, 20 de abril de 2014

Requisitos es una solicitud por escrito dirigida a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda

ABOGADOS En CARACAS TE LO RESUELVE EN LA CONSULTA , LA CONSULTA 300 BOLÍVARES, NOSOTROS TE LO RESOLVEMOS Y TE REALIZAMOS. 02127458279.
ESCRITORIO JURÍDICO.

A los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al alquiler.

Abogados En Caracas, te ofrece  sus servicios para tramitarte ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas  todo lo relativo a lo estableció en Gaceta Oficial número 40.382, de fecha viernes 28 de marzo, que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al alquiler, deberán colocar en venta los inmuebles a sus arrendatarios en un período de 60 días hábiles.
La normativa estipula que las presentes normas tienen por objetivo establecer el régimen especial para que los propietarios y arrendadores de edificio que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento de propiedad  o de multiarrendadores, lo oferten en venta a sus arrendatarios.

Asimismo, los propietarios tienen 60 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de las presentes normas y “la oferta de venta a que se hace referencia deberá hacerse de conformidad a lo establecido en el Título VI de la Preferencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo I, de la Preferencia Ofertiva de la Ley Para la Regularización y Contro de los Arrendamientos de Vivienda”.

“El propietario o arrendador de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento de  propiedad o  de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente providencia administrativa, será multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de 5 días hábiles una vez que se determine el incumplimiento
COMUNÍCATE CON NOSOTROS POR  EL  0212 7458279 PARA RESOLVER TU PROBLEMA, POR QUE TU ADEMAS TIENE QUE ESTAR REGISTRADO, LLENAR LOS REQUISITOS PARA ESTO Y TODOS LO DEMÁS PARA QUE ESTE AL DÍA ANTE EL SUNAVI. , LLAMA AL 02127458279. ESCRITORIO JURÍDICO EN PLENA CENTRO DE CARACAS . AVENIDA BARALT. LA CONSULTA SON 300 BS..TE INVITAMOS A LLAMAR Y RESOLVER TU PROBLEMA, ADEMAS TE  PODEMOS TRAMITAR TU CÉDULA CATASTRAL O ACTUALIZARLA PARA PODER HACER LA VENTA, EL DOCUMENTO DE PROPIEDAD Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE EN VERDAD TE HACE FALTA PARA PODER VENDER TU INMUEBLE Y ABOGADOS EN CARACAS , te recuerda te el arrendador,  TIENE DOS MESES PARA ESTO DE LLEGAR A UNA VENTA CON TU ARRENDATARIO, TAMBIÉN TE REALIZAMOS LA CARTA DE NOTIFICACIÓN DE LA VENTA A TU ARRENDATARIO.

PROPIETARIO DEL INMUEBLE ENTÉRATE Y PASA LA CARTA PORGUE LUEGO LAS CONSECUENCIA SON NEGATIVA.ESCRITORIO JURÍDICO .CONFIDENCIALIDAD Y CONFIANZA PARA ESTE ASUNTO. GRACIAS Y TE INVITAMOS A LLAMAR PARA CONCERTAR UNA CITA.02127458279 la publicación fue el 31 de marzo del corriente año el tiempo corre , será multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de 5 días hábiles una vez que se determine el incumplimiento
 llama ya. ESCRITORIO JURÍDICO EL MAS IDÓNEO PARA APOYARTE.
TELÉFONO :0212 7458279

DIVORCIO 185-A ECONÓMICOS A TU MEDIDA

ABOGADOS EN CARACAS te realiza antes los Tribunales Divorcios  económicos lo mas barato para ti a 30.000 Bs Divorcio 185 A con hijos, comunícate por el tlf. 7458279.
 Dr. Santiago .Escritorio Jurídico mas cerca de ti; pide una cita a precio económico a Bs.1.500 , si realiza el divorcio se exonera la cita. Escritorio Jurídico.

sábado, 19 de abril de 2014

Convenimientos de los padres para fijar amistosamente una pension de manutención

AbogadosEnCaracas, te resuelve tu problema asistiendote a ustedes para establecer un Convenimientos de los padres para fijar amistosamente una pension de manutención, de manera solidaria con ustedes  con unos honorarios minimos de 6.000 Bs para que de manera expedita para ustedes fijen de mutuo acuerdo el derecho que le corresponde a su hijo, llama ya, cancela el 50% al entregar los documentos como son la acta de nacimiento, el acuerdo escrito por los padres que se compromete firmado por ambas partes y el otro 50% al firmar en el Tribunal, comunicate por el 7458279.Dr.Santiago, de manera rapida realizamos e interponemos la demanda.ESCRITORIO JURIDICO